martes, 20 de marzo de 2012

El alcalde de Coslada "Absuelto"

Menos de una semana han tardado los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid en dictar sentencia en el juicio que han seguido contra el alcalde de Coslada. Los jueces entienden que no ha cometido los delitos de malversación de caudales públicos y de prevaricación de los que había sido acusado tras haber sido denunciado por los concejales del PSOE.
La sentencia, contra la que cabe recurso, recoge que no ha quedado acreditado que el alcalde de Coslada diera órdenes a sus subordinados, en especial a su jefe de alcaldía para que no tramitara los expedientes contra el entonces jefe de la Policía Local Ginés Jiménez Buendía. “No hay ningún documento firmado por el demandado para que se desistiera de estas acciones”, recoge la sentencia. Los magistrados también entienden que “no ha quedado acreditado” que el alcalde tuviera conocimiento del estado del expediente y que éste habría prescrito a los seis meses de su inicio, con lo cual ya habría caducado a la llegada de López a la Alcaldía- La acusación particular, ejercida por el PSOE, y la fiscalía pedían para Raúl López siete años de inhabilitación para ejercicio de cargo público. Los socialistas le sumaban además cuatro años de prisión por los delitos de malversación de caudales públicos al no haber reintegrado el jefe de la Policía los más de 21.000 euros que supuestamente cobró de manera ilícita del Ayuntamiento. La imputación del regidor de Coslada tiene como origen un expediente abierto en 2000 contra el que entonces era el oficial jefe de la policía local, que acabó con una resolución sancionadora al considerar el equipo de Gobierno anterior, del PSOE, que Ginés Jiménez había incurrido en seis faltas graves. Ginés Jiménez era objeto de una sanción de suspensión de empleo y sueldo por un periodo de 10 meses y quince días. La decisión del Ayuntamiento fue recurrida por el expolicía en los tribunales, que acabaron dando la razón al Consistorio. Pero según el escrito de la acusación Raúl Vaquero, que había sido elegido como alcalde el 14 de junio de 2003, dio instrucciones por escrito para desistir de la ejecución de la sentencia, y no oponerse a la devolución del aval existente, “con el fin de evitar el cumplimiento de las sanciones impuestas”. Esta decisión generó, según la fiscalía, un beneficio para Ginés Jiménez, “de manera injusta y arbitraria”. El ministerio público también acusaba al regidor de no dictar ninguna resolución administrativa que ejecutara las sanciones impuestas por el decreto de la alcaldía socialista de fecha 23 de febrero de 2001, que imponía una sanción al expolicía, “impidiendo de manera efectiva que se cumplieran”.

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